Finalmente Argentina blindada, una medida necesaria: Emergencia Sanitaria, aislamientos y cancelaciones de vuelos de zonas afectadas por 30 días

Hace instantes el Gobierno Nacional emitió la tan necesitada medida.

El Decreto de Necesidad y Urgencia establece la Emergencia Sanitaria por el término de un año, en relación con el COVID-19.

Yendo a los aspectos viajeros, el artículo 4 establece que se consideran zonas afectadas por la pandemia a los Estados miembros de la Unión Europea, miembros del
Espacio Schengen, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Estados Unidos de América, República de Corea, Estado del Japón, República Popular China y República Islámica de Irán. No obstante, el Ministerio de Salud irá actualizando esta información diariamente.

El artículo 7mo. indica que deberán permanecer aislados durante 14 días o el nuevo plazo que se establezca, entre otros:

  • Quienes sean «casos sospechosos», entendiéndose por tales quienes presenten fiebre y uno o más síntomas respiratorios (tos, dolor de garganta o dificultad para respirar) y que, además, tengan en los últimos días historial de viaje a zonas afectadas, o  haya estado en contacto con casos confirmados o probables de Covid-19.
  • Quienes tengan confirmado el Covid-19
  • Los contactos estrechos con los dos anteriores
  • Quienes arriben al país habiendo transitado por zonas afectadas.
  • Acá una norma fundamental, sumamente necesaria: no podrán ingresar ni permanecer en el territorio nacional los extranjeros no residentes en el país que no den cumplimiento a la normativa de aislamiento obligatorio y medidas sanitarias vigentes. Era completamente necesario que si el nacional debía guardar aislamiento, el turista de zonas afectadas o que hubiera pasado por ellas debía cumplirlo también. No hacerlo sería una locura.

El artículo 9 establece la suspensión por 30 días de los vuelos internacionales
de pasajeros provenientes de las “zonas afectadas”
, plazo que puede ampliarse o abreviarse. Veremos como se implementa esta norma, ya que hay vuelos directos de algunas zonas afectadas, mientras que en otros son necesarias conexiones.

La norma fue publicada como suplemento en el Boletín Oficial del día de hoy, 12 de Marzo, y el Decreto lleva el número 260/2020. Lo podés ver en este link.

En el día de la fecha Aerolíneas Argentinas siguió cancelando vuelos. A los destinos Roma, Miami y Orlando, agregó Madrid y Nueva York, fundado en la gran cantidad de cancelaciones.

No obstante mantiene vuelos operativos para repatriar argentinos que estén aún en el exterior. No estamos seguros de si se trata de quienes ya tenían pasaje de esta aerolínea, o para cualquier argentino con vuelo cancelado de cualquier aerolínea. Sería genial que trajeran al que lo necesite.

Además estableció un nuevo canal de comunicación,  las 24 horas a través de whatsapp para atender únicamente a pasajeros con reservas hacia o desde China, Italia, España, Francia, Alemania, Israel y Estados Unidos.

Los pasajeros podrán comunicarse al +54 9 1149404798 y deberán especificar: código de reserva, destino y fecha de viaje a los fines de poder agilizar la atención y resolver de forma eficiente cada solicitud.

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