¿Creés que Latam te debe algo? Tal vez te quede 1 mes para reclamar: dudas y más dudas

Haciendo nuestro clásico recorrido web por web para enterarnos de las novedades que ofrecen las aerolíneas o programas, nos encontramos con esta novedad: si crees que Latam tiene alguna deuda con vos, no tenés que quedarte sentado esperando, la tenés que reclamar:

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Recordemos en este punto varias cosas, para ponernos en ambiente.

En el mes Mayo, Latam, acuciada seguramente por su situación financiera crítica, hace una presentación por Capítulo 11 de la Ley de Bancarrotas de USA. Esta presentación, una especie de Concurso Preventivo de Acreedores, por un lado es un blanqueo de la situación complicada de la aerolínea, y por otro viene a proteger su patrimonio y a frenar la caída vertiginosa por otro.

Tres filiales quedaron fuera de ese Capítulo 11, Brasil, Argentina y Paraguay. Pero hace pocos días, la filial brasileña se incorpora también, al tiempo que el grupo consigue la financiación prometida en el marco de los tramos A y tramos C de esa presentación.

Respecto de la filial argentina, deciden “cerrarla”: Adios Latam: la aerolínea se va del cabotaje argentino

Si bien Latam consiguió la financiación que había proyectado en el marco del Capítulo 11, la propuesta fue, en una primera instancia, rechazada por el Juez interviniente en la causa, y Gastón, de Puntos Globales, comparte valiosos conceptos con nosotros.

Luego de ello, y sin entrar en detalle, se modificaron algunas cuestiones en la presentación, tras lo cual la nueva propuesta de financiación realizada fue efectivamente aceptada por el tribunal que entendía en la causa.

El reclamo de tu deuda

Hasta que en el día de ayer, nos encontramos con esta novedad. En su página web aclaran que si creés que Latam te debe algo, tenés que presentarte a reclamar sí o sí en el marco de su presentación en el Capítulo 11 de la Ley de Bancarrota de USA.

Para comenzar, aclararemos que no somos expertos en materia concursal de USA. El propósito de esta nota es darles a conocer que existe este aviso por parte de Latam, con algunas aclaraciones de un amigo que maneja el tema, y que seguiremos profundizando más adelante en el tema.

Dudas y más dudas

Siempre creímos que este tipo de presentaciones era sólo para proveedores, pero parecería ser que los clientes también deberemos presentarnos. Nos da mucho que pensar que una de las formas en que comunicaron esta obligatoriedad de reclamo fue en la web que normalmente usamos los clientes de la empresa.

Este reclamo de nuestras deudas, no es ni más ni menos que una especie de verificación de crédito en el «concurso» de Latam.

La verificación de un crédito es el procedimiento por el cual el acreedor demuestra que la deuda es legítima, y a partir de allí ingresa al Concurso junto con otras deudas igualmente legitimadas.

Realmente, desconocemos lo específico de la materia legal de USA, pero entendemos que no sería lo ideal que se te pase esta oportunidad, si realmente es que deberemos presentarnos a exigir nuestra deuda.

En el derecho argentino, al no reclamar tu deuda en el momento oportuno, cambiará la categoría de la misma, tal vez ya no se pagada en tiempo y forma, tal vez deberás hacer trámites adicionales, y tal vez hasta pierdas todo derecho a cobrarla.

Por otra parte, en los concursos suele haber acreedores que están exceptuados de presentarse a reclamar sus acreencias. Sobre este tema precisaremos mayores aclaraciones. Veremos si Latam abunda en cuanto a quiénes deberemos presentarnos en el concurso a reclamar las sumas adeudadas.

Ante todo, recordemos que por las deudas post concursales no es necesario verificar créditos. Estas deudas son las generadas con posterioridad a la presentación en Concurso, fecha que habría sido el 26 de Mayo pasado, de acuerdo a la información recopilada en el link que dejamos al final de la nota.

También nos queda la duda respecto de los reembolsos debidos en forma previa al concurso, y luego fueron reemplazados por Travel Vouchers con fecha posterior. ¿¿Es el Travel voucher un nueva deuda, o se mantienen la fecha original de aquel reembolso adeudado, y deberemos reclamar nuestro crédito??

Conceptos a reclamar: más dudas

Ahora, la duda que nos surge, es sobre que conceptos deberemos reclamar. De un rápido pantallazo, se me ocurren 3 conceptos:

  • Reembolos adeudados
  • Travel Vouchers
  • Millas

Vamos de a uno.

El reembolso.

Si Latam te debe el reembolso de un vuelo pago cancelado, o las tasas de un vuelo canjeado por millas, efectivamente tiene una deuda con vos.

Si bien el reclamo tal vez ya lo iniciaste en el call center, vía web o de otra manera, la duda acá es si deberás presentarte a verificar tu crédito.

Un Travel Voucher.

Cómo antes dijimos, el origen del Travel Voucher puede ser variado.

La duda en esta figura será cómo antes dijimos, qué pasa con los reembolsos debidos en forma previa al concurso, y luego fueron reemplazados por Travel Vouchers con fecha posterior. ¿¿Es el Travel voucher un nueva deuda, o se mantiene la fecha original de aquel reembolso adeudado, y deberemos reclamar nuestro crédito??

Las millas.

Sólo cruzarse por mi cabeza que deberemos reclamar la deuda que tiene el programa Latam Pass con nosotros, hace que se me ericen los pelos de la nuca.

Las millas son una unidad no monetaria inventada por un programa, Latam Pass, que refleja en una medida específica el dinero que venimos entregándole. El programa, por otro lado, se compromete a entregar a cambio de esas millas un asiento en un avión, a un destino específico en una fecha que elegiremos.

Si bien se trata de una unidad no monetaria inventada, no deja de ser una especie adeudada por el programa. Es sin dudas un crédito para nosotros y una deuda para la empresa. Luego, ¿deberíamos presentarnos a reclamar por ellas?

Aclaraciones de la normativa de USA

Una primera aclaración viene por el lado de que, a diferencia de la normativa argentina, en USA no habría una segunda opción para reclamar, luego de que se nos pase la fecha tope del 18 de Diciembre.

Una segunda aclaración, es que una vez que presentes tu reclamo en el formulario previsto, renunciás a tratar tu reclamo en jurisdicción argentina, y pasás a estar bajo jurisdicción americana.

En tercer lugar, el Departamento de Transporte de los Estados Unidos, muestra ciertos consejos muy valiosos en este link. Entro otros, podrás encontrar:

  • ¿Qué sucede si mi aerolínea o agente de boletos ha cerrado o la aerolínea ha dejado de volar?

    ¿La quiebra significa que no puedo recuperar mi dinero?

    • Aunque su aerolínea o agente de boletos se haya declarado en bancarrota e incluso si la aerolínea ha dejado de volar, es posible que pueda obtener un reembolso a través de la compañía de tarjeta de crédito que utilizó para comprar el boleto o de su compañía de seguros de viaje.
    • También puede presentar un comprobante de reclamación en el procedimiento de quiebra para recuperar un reembolso parcial.
  • También, como se aclara en ese mismo link, será útil analizar si podremos obtener subsidiariamente un reembolso por parte de la tarjeta de crédito o de un seguro de viaje

Consulta a Latam

Consultamos con Latam Argentina y Latam Chile acerca de varias de nuestras dudas, no habiendo recibido respuesta aún. Esta fue la consulta:

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Sólo un Punto Seguido

Esta nota no tiene final. La idea es precisamente avisarles que existe esta verificación de deudas en el marco de la presentación en Capítulo 11 de la Ley de Bancarrota de USA por parte de Latam.

Sólo ponerlos en alerta y buscar mayor información, dado que hasta ahora sólo tenemos dudas y más dudas.

Intentaremos obtener alguna confirmación de Latam, mientras que por otro lado veremos si conseguimos más info al respecto.

Agradecemos de corazón a nuestro amigo Gastón del genial blog Puntos Globales por compartir información relativa al tema.

Podés ver más info en la web de la causa Latam.

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