Para mucha gente es fundamental saber en que fecha caen los feriados puente de 2021.
Para quienes les gusta viajar y ya ir definiendo fechas clave en las que aprovechar mejor los fines de semana largos, para empresarios o comerciantes que ya saben que tendrán el negocio cerrado en un día feriado, para quienes viven del turismo y necesitan ir programando épocas de mayores ventas, o sobre todo para empleados en relación de dependencia que podrán aprovechar al máximo sus días de vacaciones, es fundamental conocer los feriados puente.
Efectivamente, en el día de hoy salió publicado el Decreto estableciendo los feriados puente para el año 2021, y son los siguientes:
- 24 de mayo,
- 8 de octubre y
- 22 de noviembre.
Ahora, a proyectar próximas salidas aprovechando al máximos estos feriados extra largos oficialmente confirmados.
Datos importantes:
- Feriados inamovibles y trasladables: en este link.
Copiamos a continuación la norma publicada en el día de hoy:
DÍAS FERIADOS 2021
Decreto 947/2020
DCTO-2020-947-APN-PTE – Establécense días feriados con fines turísticos.
Ciudad de Buenos Aires, 26/11/2020
VISTO el Expediente N° EX-2020-79805227-APN-DGDYL#MI, la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992 y sus modificatorias) y la Ley N° 27.399, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 27.399 se procedió a establecer el régimen de feriados nacionales y días no laborables.
Que por la norma mencionada en el párrafo anterior se determinó que los feriados nacionales trasladables allí previstos cuyas fechas coincidan con los días martes y miércoles serán trasladados al día lunes anterior y los que coincidan con los días jueves y viernes, al día lunes siguiente.
Que la mencionada Ley N° 27.399 facultó al PODER EJECUTIVO NACIONAL a fijar anualmente hasta TRES (3) días feriados o no laborables destinados a promover la actividad turística, que deberán coincidir con los días lunes o viernes.
Que dicha facultad deviene en una política destinada a impulsar el turismo interno de la REPÚBLICA ARGENTINA.
Que dichos días están relacionados con coadyuvar a disminuir los efectos negativos de la estacionalidad del sector turístico, procurando distribuirlos en el tiempo.
Que resulta conveniente que el PODER EJECUTIVO NACIONAL fije para el año 2021 los días feriados con fines turísticos previstos por el artículo 7° de la citada Ley N° 27.399.
Que la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92 y sus modificatorias) estableció que compete al MINISTERIO DEL INTERIOR entender, entre otros, en los actos de carácter patriótico, efemérides y feriados.
Que la SECRETARÍA DE PROMOCIÓN TURÍSTICA, dependiente del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES, ha tomado la intervención que le compete.
Que el servicio de asesoramiento jurídico permanente del MINISTERIO DEL INTERIOR ha intervenido en el ámbito de sus competencias.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y por el artículo 7° de la Ley Nº 27.399.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Establécense como días feriados con fines turísticos, previstos en el artículo 7° de la Ley N° 27.399, las siguientes fechas:
AÑO 2021:
24 de mayo, 8 de octubre y 22 de noviembre.
ARTÍCULO 2°.- La presente medida entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
FERNÁNDEZ – Santiago Andrés Cafiero – Eduardo Enrique de Pedro
e. 27/11/2020 N° 59441/20 v. 27/11/2020
Fecha de publicación 27/11/2020
12 ideas sobre “Oficial: están los Feriados Puente 2021: ahora sí, ¡¡a planificar!!”
Me alegro por los que puedan planificar algo.
Acá (ROS) casi no quedan aerolíneas; ni hablar de vuelos de cabotaje monopolizados por AR y con precios exorbitantes y pocas frecuencias.
A eso, sumale las reprogramaciones, los vouchers (un suplicio) y otras manganetas que nos enchufaron.
La de guita que perdí este año, por Tutatis!
Creo que hasta que no haya precisiones, me quedo piola y no sacaré nada… si es que en algún momento haya precisiones.
Abrazo!
Está muy complicado, muchas cancelaciones por delante. Apostamos a fin de año y nos quedamos mirándonos…
No me queda claro el feriado del 22/11. Sería un feriado largo común. No XL. El día de la soberanía es el 20/11. Puede ser? O estoy confundida?
El 20 de Noviembre se traslada, imagino que al viernes anterior. Sino no cierra
por lo q creo queda finde largo comun ( el del 20/11)
Es que el feriado del sábado 20/11 es trasladable. La norma no dice como se traslada un sábado. El puente es el lunes. Lo pasarán al viernes? Porque al martes no está previsto. La verdad, no se
Segun puedo ver en algunos calendarios, el feriado del sabado 20/11 se traslada al lunes 22/11.
Hola Diego, ese que cae sábado queda ahí. El que se agregó es el «puente» el lunes
porque si no recuerdo mal cuando caían un dia sabado o domingo no se trasladaban
Habría que repasar como se hizo otros años. Igual porque le habrán puesto puente al 22/11
Para mí tiene razón Rubén. Los feriados trasladables se mueven cuando caen en días de la semana que no sean lunes. Si es martes o miércoles, al lunes anterior; si es jueves o viernes, al próximo. Este año, el 20/11 fue viernes, por lo que se trasladó al lunes siguiente. Por ende, el año que viene solamente habrá un finde XXL a causa de los feriados puente, que será en mayo.
Sisi, de acuerdo con lo de Noviembre 2021. Por eso la norma no habla de feriados trasladables de sábados o domingos, porque no se mueven. De hecho así pasó en Octubre 2019, el 12 era trasladable, cayó un sábado y quedó ahí:
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