El dólar maldito (el de AR$ 2.060) y cómo solucionarlo

Cómo todos saben, estos días son de cambios. Y para el viajero estos cambios implican modificaciones en valores de dólar e impuestos y percepciones.

En este caso, trataremos los consumos realizados con TARJETA DE CRÉDITO exclusivamente. Si hubieras pagado con débito o si la misma aerolínea te percibió los impuestos, ya quedaron definidos los montos en el momento de la compra.

Cómo es la especialidad que nos gusta, hicimos un seguimiento de modificaciones.

Recuerden que el 23/11 se modificó el porcentual que debe agregarse al valor oficial del dólar, llevándolo a un 155% y las percepciones se recuperarían recién en 2025

Por su parte, el 13/12 se volvió a modificar nuevamente este porcentual al 60%, pero esta vez aplicado sobre un valor de dólar de AR$ 800, el doble del día previo, y percepciones recuperables, ahora, en 2024.

Hay un tema acá de vigencias, así que el punto 1 de esta nota, es ese. Incide la fecha de consumo, y aplica la vigencia de la ley

  • Los consumos realizados hasta el día previo al 23/11, están sujetos a un 100% de impuesto y percepciones (30+45+25).
  • Los consumos realizados entre el 23/11 y el 12/12, están sujetos a un 155% de impuesto y percepciones (30+100+25)
  • Finalmente, los consumos desde el 13/12 en adelante, estarán sujetos al 60% de impuesto y percepción (30+30).

Olvidate de la fecha de cierre de tu resumen, la fecha en la que hiciste el consumo MARCA el porcentaje de «extras» que se te aplicarán.

Sigue el punto 2, cuándo te podés computar la percepción

Volvemos nuevamente a las vigencias de cada normativa, porque la del medio tiene una vigencia «especial«. En este caso, aplicará LA PERCEPCIÓN de los valores, y se entiende que el banco los percibe EN LA FECHA DE CIERRE del extracto respectivo:

  • Para las percepciones PERCIBIDAS por el banco (fecha de cierre) hasta el día previo al 23/11, podrás computarlo contra el impuesto 2023, recuperables luego en 2024.
  • Para las percepciones PERCIBIDAS por el banco (fecha de cierre) entre el 23/11 y el 12/12, podrás computarlo contra el impuesto 2024 (primer ejercicio siguiente al de la percepción), recuperables luego en 2025.
  • Finalmente, para las percepciones PERCIBIDAS por el banco (fecha de cierre) desde el 13/12 en adelante, volvemos al criterio original, podrás computarlo contra el impuesto 2023, recuperables luego en 2024.

Finalmente, el punto 3, valor del dólar a aplicar a tus consumos del exterior

El día 13 se duplicó el valor oficial del dólar, desde AR$ 400 a AR$ 800, que es el aplicable a tus consumos del exterior, tanto para el cálculo de la base como del porcentual de impuesto y percepciones:

  • Por tus consumos en moneda extranjera, aplica cambio OFICIAL minorista vendedor a fecha de VENCIMIENTO de tu resumen
  • Por el impuesto país y percepciones, aplica cambio OFICIAL mayorista vendedor del día ANTERIOR AL CIERRE. Así dice el último párrafo el artículo 39 ley 27.541 para el Impuesto PAÍS, luego aplicable exactamente igual para el cálculo de percepciones:

De tratarse de operaciones expresadas en moneda extranjera, deberá efectuarse la conversión a su equivalente en moneda local, aplicando el tipo de cambio vendedor que, para la moneda de que se trate, fije el Banco de la Nación Argentina al cierre del último día hábil inmediato anterior a la fecha de emisión del resumen, liquidación y/o factura o documento equivalente.

Aclaramos en este punto que, si hubieras hecho plan V o MasterCard Cuotas, o aplicado alguno de los métodos para fijar en pesos el valor de dólar por tus consumos en moneda extranjera, como el sistema del Banco Galicia para anticipar pesos o algo similar que tiene Amex directa llamando a la tarjeta, habrías FIJADO el valor en pesos por la base, pero no así por el impuesto y percepciones, que seguirán estando sujetos al valor de cotización de fecha de cierre.

Y la tormenta perfecta

Se da una pésima combinación de factores para:

  • aquellos consumos que hayas realizado entre el 23/11 y el 12/12, que estarán sujetos a impuesto País y percepciones por un 155%, sumándose a que, si,
  • además, tu resumen cierra desde el 14/12 en adelante, se deberá aplicar tipo de cambio vigente a la fecha de vencimiento del resumen (para la base) y fecha del día anterior al cierre (para impuesto país y percepciones), y en ambos supuestos estamos hablando de valores de cotizaciones iguales o superiores a AR$ 800.

De esa manera, y cómo mínimo, tu valor del dólar ascenderá a AR$ 2.060, calculado de esta manera, suponiendo un consumo DE UN DÓLAR:

  • La base, a cambio minorista vendedor de fecha de vencimiento, por ejemplo, el Banco Nación hoy cotiza en AR$ 820, y sería
    • 1 dólar x AR$ 820 = AR$ 820
  • Impuesto país y percepciones, calculados por la fecha de tu consumo, 155%, y dólar aplicable el mayorista venddor del día previo al cierre del resúmen, AR$ 800, y sería
    • 1 dólar x 155% x AR$ 800 = AR$ 1.240
  • Luego, el total a abonar por tu consumo de UN DÓLAR será de AR$ 820 + AR$ 1.240 = AR$ 2.060

Claramente un dólar de AR$ 2.060 es resultado de una mala combinación de factores, pero totalmente posible. Y al día de hoy ese valor es EL DOBLE del precio al que podrías conseguir el dólar en el mercado. Por ejemplo, Balanz muestra HOY este valor de dólar MEP:

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Solución

Claramente en estos casos te convendrá abonar en dólares tus consumos en moneda extranjera, y de esta manera ahorrar un 50% del valor en pesos, por ejemplo, con la opción de compra de dólar MEP que mostramos previamente, y de esta manera evitar el pago del 155% de impuesto PAÍS y percepciones.

Conclusión

Acerca de cómo una pésima combinación de factores te podría dar a pagar consumos en moneda extranjera a un valor de dólar de AR$ 2.060, y la solución, pagando en dólares tus consumos de moneda extranjera.

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