Repitiendo la promoción del año pasado, se pone en marcha el nuevo Previaje, un sistema por el cuál podrás invertir en turismo nacional y recuperar un 50% de tus gastos en forma de crédito, a ser utilizado de diversas maneras.
En este caso, el sistema permitirá que obtengas una devolución de comprobantes con fecha desde el 12 de Agosto 2021 en adelante (hay versiones de todo agosto, pero no vimos todavía el reflejo oficial).
Vamos a los pasos mostrados en la web oficial.
Recordemos que:
- tal como pasó con el sistema previaje previo, el saldo se habilitará en tu tarjeta Ticket Previaje distribuida por el Banco de la Nación Argentina desde la fecha de inicio de tu viaje.
- La tarjeta Previaje es una Mastercard crédito, pero a los fines del consumo del saldo precargado, opera como una tarjeta de débito.
- Podés ver y utilizar el saldo de Previaje en la app BNA+, obteniendo todos los beneficios de pagar con una tarjeta de Banco Nación y una billetera con muchas promociones (haciendo valer mucho más el beneficio del 50% del crédito recibido).
- Cuándo habilites la billetera BNA+ te ofrecerá vincular una caja de ahorro que tengas en Banco Nación. Si no tenés una, te creará una caja de ahorro y emitirá automáticamente la tarjeta de débito vinculada. Esta caja y la tarjeta son obligatorios para tener billetera BNA+ y completamente gratuitos por normativa del BCRA
Este es el calendario de carga de comprobantes:
Límites del beneficio
La posibilidad de acceder a tu beneficio se habilitará una vez alcanzado el monto mínimo acumulado de $10.000 entre uno o más comprobantes. El importe mínimo por comprobante es de $1000.
Los beneficios que se generen en el marco del programa tienen un mínimo de $5.000 y un máximo de $100.000 por persona.
Todos los límites son por persona, mayor de 18 años, siempre y cuando los comprobantes estén a su nombre.
Y se agrega qué compras generan crédito, y en que actividades se puede usar el mismo:
- En este link podrás ver los Prestadores Inscriptos.
- En este link encontrás las actividades y rubros en las que se puede usar el crédito.
- En este link, encontrarás respuestas a Preguntas Frecuentes.
Recordemos que:
- Ya hubo un acuerdo entre el gobierno y Pedidos Ya, para utilizar el crédito en esta app
- Además, se agregó la alternativa de usar la red de Mercado Pago, ya sea cargando la tarjeta Previaje en la app o pasándola por su red de posnets.
- También se oficializó la posibilidad de usar el crédito en actividades culturales, teatros, cines, etc.
- Para ver en que pudieron usar el crédito nuestros lectores, basta con ver los jugosos comentarios en las notas que te aparezcan con esta búsqueda.
¡¡Ojo con los abusos!!
Desde este rinconcito, siempre les decimos que analicen, hagan cálculos, comparen valores con lo que se pedía antes del previaje y después de instaurarlo, cotejen entre agencias y siempre elijan la mejor opción.
No se dejen avasallar por quienes aumentan el valor para que a ustedes les quede igual y ellos terminen cobrando el doble. Cosas como esta no deben ser toleradas (excepto claro está, que ustedes quieran, ya somos todos grandes y sabemos en qué queremos invertir y cuánto estamos dispuestos a gastar).
Cómo siempre, desde acá estaremos informando novedades, y, claro está, iremos recopilando antecedentes de nuestros lectores que son geniales y siempre comparten todo, sobre las formas de mejorar la experiencia, tanto en la carga de comprobantes cómo así también en el uso del crédito.
Pasate por la web oficial de Previaje
Bases y condiciones extraídas de este link:
Bases y Condiciones
REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE INCENTIVOS A LA PREVENTA DE SERVICIOS TURÍSTICOS NACIONALES “PREVIAJE”
ARTÍCULO 1° .- OBJETO
El PROGRAMA DE INCENTIVOS A LA PREVENTA DE SERVICIOS TURÍSTICOS NACIONALES “PREVIAJE” (en adelante, el “PROGRAMA”) se encuentra orientado a fomentar y potenciar la demanda del turismo nacional y consiste en el reconocimiento de un crédito por parte del Estado Nacional a favor de las personas humanas, equivalente al CINCUENTA POR CIENTO (50%) del monto de cada operación de compra de servicios turísticos que estas realicen.
ARTÍCULO 2° .- BENEFICIARIOS/AS
Serán beneficiarios/as del PROGRAMA las personas humanas mayores de DIECIOCHO (18) años residentes en la REPÚBLICA ARGENTINA que cumplan con los requerimientos establecidos en este Reglamento y cuya solicitud de beneficio haya sido aprobada por la SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN TURÍSTICA Y NUEVOS PRODUCTOS del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES.
Deberán contar con Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) y/o Código Único de Identificación Laboral (CUIL), y su identificación se realizará mediante el aplicativo MI ARGENTINA, dependiente de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
ARTÍCULO 3° .- COMPRAS ANTICIPADAS
Solo serán alcanzadas por el PROGRAMA y susceptibles de generar beneficios las compras anticipadas realizadas ante prestadores turísticos inscriptos de acuerdo con lo previsto en el artículo 5° de este Reglamento y sujetas a la siguiente clasificación:
- Compras anticipadas realizadas desde el 12 de agosto hasta el 31 de agosto de 2021: incluye las compras ante prestadores turísticos legalmente habilitados y debidamente facturadas de los servicios detallados en el inciso a) del artículo 4°, a ser brindados dentro del territorio nacional y usufructuados a partir del 1° de noviembre de 2021.
- Compras anticipadas realizadas desde el 1° de septiembre hasta el 30 de septiembre de 2021: incluye las compras ante prestadores turísticos legalmente habilitados y debidamente facturadas de los servicios detallados en el inciso a) del artículo 4°, a ser brindados dentro del territorio nacional y usufructuados a partir del 1° de diciembre de 2021.
- Compras anticipadas realizadas desde el 1° de octubre hasta el 31 de octubre de 2021: incluye las compras ante prestadores turísticos legalmente habilitados y debidamente facturadas de los servicios detallados en el inciso a) del artículo 4°, a ser brindados dentro del territorio nacional y usufructuados a partir del 1° de enero de 2022.
- Compras anticipadas realizadas desde el 1° de noviembre hasta el 31 de diciembre de 2021: incluye las compras ante prestadores turísticos legalmente habilitados y debidamente facturadas de los servicios detallados en el inciso a) artículo 4°, a ser brindados dentro del territorio nacional y usufructuados a partir del 1° de febrero de 2022.
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- Comprobantes habilitados. Acreditación.
Los comprobantes admitidos para la acreditación de compras anticipadas serán facturas y/o recibos tipo “B” y “C”, emitidos en forma electrónica, con Código de Autorización Electrónico (CAE) y en pesos argentinos, sin excepción. El MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES no reconocerá crédito ni beneficio alguno respecto de comprobantes de compras anticipadas que no resulten admitidos ni alcanzados por este Reglamento.
Las compras anticipadas deberán acreditarse mediante su respectivo comprobante, el que deberá consignar el nombre de él/la solicitante, con indicación de su Documento Nacional de Identidad (DNI) y/o CUIT/CUIL y ser emitido en cumplimiento de lo dispuesto por la Resolución General N° 1415 del 7 de enero de 2003 de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP), sus modificatorias y complementarias, en caso de corresponder.
Las compras de servicios de transporte aéreo de cabotaje regular realizadas de manera directa al prestador del servicio, sin la intermediación de otra empresa o establecimiento y las de servicios de transporte terrestre de larga distancia regular de jurisdicción nacional según COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE (CNRT), deberán acreditarse mediante su correspondiente boleto de viaje legalmente emitido por el prestador, cuya validación estará sujeta a la confirmación por parte del proveedor del servicio.
Las compras anticipadas correspondientes a servicios de transporte terrestre que no sean de larga distancia regular de jurisdicción nacional según la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE (CNRT) y los servicios de transporte aéreo de cabotaje no regular, deberán acreditarse a través de sus correspondientes facturas y/o recibos tipo “B” o “C”, emitidos en forma electrónica, con CAE y en pesos argentinos, sin excepción.
La acreditación de las compras anticipadas ante el MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES se realizará de acuerdo a la modalidad establecida en el artículo 6° de este Reglamento.
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- Montos mínimos.
No generarán beneficio ni estarán alcanzadas por el PROGRAMA aquellas compras anticipadas ni sus respectivos comprobantes, por un importe total menor a PESOS UN MIL ($1.000). Asimismo, el monto mínimo que deberá acreditarse en concepto de UNA (1) o más compras anticipadas para acceder al beneficio es de PESOS DIEZ MIL ($10.000).
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- Compras excluidas.
No generarán beneficio ni estarán alcanzadas por el PROGRAMA: las compras de servicios a prestarse o a desarrollarse total o parcialmente fuera del territorio nacional, las compras de servicios mayoristas, las compras realizadas bajo la modalidad “pago en destino”, el alquiler temporal de casas y/o departamentos y/o habitaciones de uso doméstico y/o destinado a vivienda y las compras realizadas mediante prestadores turísticos que no se encuentren inscriptos conforme lo establecido en el artículo 5°, inciso a) de este Reglamento.
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- Confirmación, modificación y cancelación de condiciones de compra.
Los/as beneficiarios/as deberán comunicar al MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES toda cancelación o modificación de las condiciones de cumplimiento de las compras anticipadas, a través de la plataforma web del PROGRAMA (http://www.previaje.gob.ar), mediante la rectificación de la información consignada.
El beneficio estará sujeto a la confirmación, por parte del/la beneficiario/a, de las condiciones de compra e información acreditada en la plataforma web, hasta VEINTE (20) días corridos antes de la prestación del/los servicio/s adquirido/s. Hasta la fecha indicada, el MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES podrá requerir a la persona beneficiaria dicha confirmación, a través de los canales de notificación definidos en este Reglamento.
En caso de no consignar cancelaciones o modificaciones de los servicios hasta el plazo indicado, se tendrá por confirmada la información y comprobantes acreditados por el solicitante con carácter de declaración jurada.
La inobservancia o incumplimiento de lo dispuesto facultará al MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES a excluir a la persona beneficiaria de los alcances del PROGRAMA.
Las compras anticipadas que resulten reprogramadas y/o alteradas en sus condiciones seguirán estando alcanzadas por el PROGRAMA, siempre que mantengan los requisitos establecidos en este Reglamento y de acuerdo a las nuevas condiciones establecidas, sin perjuicio de la obligación de notificar este extremo.
Las compras anticipadas que resulten canceladas por la persona beneficiaria, independientemente de las condiciones contractuales de devolución, quedarán fuera del alcance del PROGRAMA, sin perjuicio de la obligación de notificar este extremo, bajo apercibimiento de las sanciones y penalidades establecidas.
El MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES no intermedia en la relación contractual entre usuarios y prestadores turísticos. Las políticas de cambios y cancelaciones deben ser previamente informadas a usuarios y consumidores/as por el prestador del servicio, sin ser ello responsabilidad del MINISTERIO.
ARTÍCULO 4°.- CUPÓN DE CRÉDITO
Las personas beneficiarias percibirán un cupón de crédito equivalente al CINCUENTA POR CIENTO (50%) del monto total acreditado en concepto de compras anticipadas, que podrán utilizar únicamente para la adquisición de servicios turísticos brindados dentro del territorio nacional y ofrecidos por parte de empresas o establecimientos correspondientes a las actividades indicadas incluidas en el inciso b) de este artículo.
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- Generación de crédito. Topes.
Las compras anticipadas en concepto de: a) servicios de alojamiento en campings y/o refugios de montaña, hoteles, hosterías, cabañas, bungalows, aparts y residenciales similares, excepto por hora, hospedaje en estancias y albergues juveniles y servicios en apartamentos de tiempo compartido, b) agencias de viajes: servicios de empresas de viajes y turismo, y servicios de agencias de turismo y c) transporte: aerocomercial regular de cabotaje de pasajeros y terrestre de larga distancia regular de jurisdicción nacional podrán generar crédito en concepto de beneficio por un monto de hasta PESOS CIEN MIL ($ 100.000).
Las compras anticipadas en concepto de: a) servicios de excursiones y/o traslado de trenes especiales y servicios de excursiones lacustres, fluviales y marítimas con fines turísticos, servicios de transporte automotor de pasajeros para el turismo, servicios de alquiler de equipos de transporte terrestre sin operación ni tripulación; b) servicios de centros: de esquí, de pesca deportiva, de turismo salud, turismo termal y/o similares, turismo aventura, ecoturismo o similares y otros centros de actividades vinculadas con el turismo; c) bodegas, jardines botánicos, zoológicos, parques de diversiones, parques temáticos, entretenimientos, esparcimiento y ocio, explotación de playas y parques recreativos, museos y preservación de lugares y edificios históricos; y d) cines, producción de espectáculos teatrales y musicales y servicios de agencia de venta de entradas podrán generar crédito en concepto de beneficio por un monto total de hasta PESOS CINCO MIL ($ 5.000).
El monto máximo del crédito que un/a beneficiario/a podrá percibir en el marco del PROGRAMA es de PESOS CIEN MIL ($100.000). Una vez alcanzada dicha suma, ya no podrá volver a generar crédito ni beneficio.
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- Uso del cupón de crédito. Actividades y rubros comprendidos.
Los cupones de crédito otorgados en el marco del PROGRAMA deberán ser utilizados en las actividades y rubros que se detallan a continuación, sin excepción:
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- servicios de alojamiento en campings y/o refugios de montaña, hoteles, hosterías, cabañas, bungalows, aparts y residenciales similares, excepto por hora, hospedaje en estancias y albergues juveniles y servicios en apartamentos de tiempo compartido;
- agencias de viajes: servicios de empresas de viajes y turismo, servicios de agencias de turismo, y agencias de pasajes.
- transporte: aerocomercial de cabotaje, terrestre de larga distancia y servicios de excursiones y/o traslado de trenes especiales y servicios de excursiones lacustres, fluviales y marítimas con fines turísticos, servicios de transporte automotor de pasajeros para el turismo, servicios de alquiler de equipos de transporte terrestre sin operación ni tripulación; y sus respectivos servicios de explotación de terminales;
- guías de turismo, instructores de algún deporte vinculado a la actividad turística, permanentes y/o estacionales;
- servicios de centros: de esquí, de pesca deportiva, de turismo salud, turismo termal y/o similares, turismo aventura, ecoturismo o similares y otros centros de actividades vinculadas con el turismo;
- alquiler de bienes: bicicletas, motocicletas, equipos de esquí, kayaks y otros artículos relacionados con el turismo;
- bodegas, jardines botánicos, zoológicos, parques de diversiones, parques temáticos, entretenimientos, esparcimiento y ocio, explotación de playas y parques recreativos, museos y preservación de lugares y edificios históricos;
- gastronomía: cafés, bares y confiterías, restaurantes, cantinas, restaurantes y cantinas con espectáculo, servicios de restaurantes y cantinas con espectáculo;
- actividad comercial en terminales de aeropuertos, y zonas francas que dependan de la actividad turística;
- servicios de salones de baile y discotecas;
- productos regionales: cadena de elaboración del chocolate, helados, alfajores, cervezas artesanales y otros comestibles;
- otros servicios: venta de artículos y artesanías regionales, venta de artículos y artesanías regionales en ferias, antigüedades, talabartería de cuero, plata, alpaca y similares; y
- cines, producción de espectáculos teatrales y musicales, y servicios de agencia de venta de entradas.
- Vigencia.
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Los cupones de crédito estarán disponibles para su utilización a partir del mes de prestación de él/los servicio/s adquirido/s y hasta el 31 de diciembre de 2022. Podrán ser utilizados en todo el territorio nacional, de acuerdo a los alcances y condiciones de este Reglamento.
A partir de la fecha límite indicada en el párrafo anterior, los créditos correspondientes a beneficios otorgados que no hayan sido utilizados, caducarán de pleno derecho.
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- Modalidad de entrega y uso.
Los cupones de crédito serán acreditados y utilizados a través de la tarjeta de pago precargada (“TTNE”) en su modalidad física o electrónica, a elección del/la beneficiario/a. Las TTNE virtuales se utilizarán a través de la billetera electrónica (“BNA+”) del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA.
Los cupones de crédito serán emitidos en favor del/la beneficiario/a y sobre él/ella recaerá su titularidad, siendo personal e intransferible. Si el/la beneficiario/a decide recibir la TTNE en el domicilio declarado, los costos de emisión y envío serán debitados del beneficio que le corresponda.
Para realizar operaciones con las TTNE y BNA+ los comercios alcanzados para el uso del beneficio deberán cumplir las condiciones establecidas por la banca emisora y disponer y mantener en funcionamiento los medios y/o mecanismos de terminales POS para pagos con tarjeta y/o billeteras electrónicas mediante la lectura de código QR. Los comercios alcanzados para el uso del beneficio deberán operar bajo los códigos de procesadoras de pago correspondientes a su actividad comercial.
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- Exclusiones.
Los cupones de crédito entregados no podrán utilizarse para compras en cuotas ni para la adquisición de traslados aéreos, terrestres, marítimos o fluviales internacionales y/o servicios a prestarse o desarrollarse, total o parcialmente, fuera del territorio nacional.
ARTÍCULO 5°.- PRESTADORES TURÍSTICOS ALCANZADOS
Las compras anticipadas que generen beneficio serán únicamente aquellas realizadas ante empresas o establecimientos inscriptos ante la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP), en alguno de los siguientes códigos de actividades: 491120; 492110; 492140; 492150; 492160; 492180; 492190; 501100; 502101; 511000; 551022; 551023; 551090; 552000; 591300; 771110; 771190; 771290; 791100; 791200; 791901; 791909; 900011; 900021; 900030; 900040; 900091; 910200; 910300; 939010; 939090, que cuenten con domicilio y/o sede en la REPÚBLICA ARGENTINA y se hayan inscripto al PROGRAMA en los términos del apartado a) del presente artículo.
Aquellas empresas o establecimientos que se encuentren comprendidos en los rubros y actividades establecidas en el inciso a) del artículo 4° que no se encuentren inscriptos en uno o más de los códigos detallados precedentemente, deberán encuadrarse de acuerdo a las características de su servicio, a los fines de participar y estar alcanzados por el PROGRAMA. El MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES no reconocerá beneficios ni generará crédito respecto de comprobantes de compras anticipadas realizadas ante prestadores que no se encuentren inscriptos bajo alguno de los códigos de actividad indicados.
Los prestadores turísticos alcanzados por la Ley N° 18.829 deberán, además, encontrarse inscriptos en el Registro de Agentes de Viajes del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES y disponer del correspondiente número de legajo vigente.
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- Inscripción. Sello Previaje.
A los fines de estar alcanzados por el PROGRAMA, los prestadores turísticos que reúnan las condiciones para la comercialización de los servicios y/o rubros definidos en la presente, deberán inscribirse a través de la plataforma web del PROGRAMA (http://www.previaje.gob.ar).
Los servicios y/o rubros comercializados por prestadores turísticos que no se encuentren inscriptos no serán susceptibles de generar crédito en concepto de beneficio, hasta tanto el prestador no hubiere realizado el proceso de inscripción satisfactoriamente.
La identificación de los prestadores se hará mediante la Plataforma de Autenticación Electrónica Central (PAEC), que funciona bajo la órbita de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
La inscripción deberá ser realizada por el/la responsable operativo designado/a por el prestador turístico, quien deberá contar con CUIT/CUIL y clave fiscal nivel 3 como mínimo, a los fines de su autenticación. La fecha límite para la inscripción es el 30 de noviembre de 2021. La totalidad de los datos e información ingresada tendrá carácter de declaración jurada.
El MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES remitirá a los prestadores turísticos inscriptos el Manual de Marca correspondiente, con inclusión del sello “Previaje”, el que deberá exhibirse y resultar fácilmente identificable en las ofertas de servicios y/o rubros que reúnan las condiciones establecidas en este Reglamento.
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- Información precisa. Confirmación de servicios.
Los prestadores turísticos inscriptos deberán:
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- Informar a los/as usuarios/as y consumidores/as respecto de los plazos para la acreditación de las compras anticipadas y demás condiciones y alcances de este Reglamento.
- Confirmar, rectificar y/o cancelar, según corresponda, las condiciones de aquellas compras anticipadas que los identifiquen como prestadores del servicio adquirido, mediante la modalidad que disponga el MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES, hasta VEINTE (20) días corridos previos a la fecha de prestación del servicio.
- Los prestadores turísticos de servicios de traslados aéreos de cabotaje regular y transporte terrestre de larga distancia regular de jurisdicción nacional según la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE (CNRT), deberán validar los tickets y/o boletos acreditados que los identifiquen como prestadores del servicio con periodicidad diaria, mediante la modalidad que disponga el MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES. Solo serán generadores de crédito aquellos tickets y/o boletos aéreos validados por los prestadores turísticos inscriptos que correspondan.
- Remitir a solicitud del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES información correspondiente al uso de los cupones de crédito y el cumplimiento de las condiciones establecidas en este Reglamento.
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En caso de no consignar cancelaciones, rectificaciones o modificaciones de los servicios hasta el plazo indicado, se tendrá por confirmada la información y los comprobantes acreditados, con carácter de declaración jurada.
Las compras anticipadas que resulten canceladas por el/la beneficiario/a, independientemente de las condiciones contractuales de devolución, quedarán fuera del alcance del PROGRAMA, sin perjuicio de la obligación del prestador de notificar este extremo.
Las compras anticipadas que resulten reprogramadas y/o alteradas en sus condiciones, seguirán estando alcanzadas por el PROGRAMA, siempre que mantengan los requisitos establecidos en este Reglamento y de acuerdo a las nuevas condiciones establecidas, sin perjuicio de la obligación del prestador de notificar este extremo.
Los cupones de crédito correspondientes a compras anticipadas cuyas reprogramaciones resulten en adelantamiento de la fecha de prestación de él/los servicio/s se otorgarán en función de la/s fecha/s originalmente contratadas.
La inobservancia o incumplimiento de lo establecido facultará al MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES a excluir al prestador turístico de los alcances del PROGRAMA, sin perjuicio de las sanciones administrativas que correspondan y demás penalidades previstas en la Ley N° 24.240 (Ley de Defensa del Consumidor), Decreto N° 274/19 (Lealtad Comercial) y Ley N° 18.829 (Ley de Agencias de Viaje).
ARTÍCULO 6°.- SOLICITUD DEL BENEFICIO
El sitio web del PROGRAMA (http://www.previaje.gob.ar) será el único canal habilitado para solicitar el beneficio mediante la acreditación de las compras anticipadas. La identificación de los/las solicitantes y el acceso al sitio web se realizará mediante la aplicación MI ARGENTINA, de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA.
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- Acreditación de comprobantes.
El/la solicitante deberá ingresar y acreditar los comprobantes de compras anticipadas y/o los boletos aéreos o terrestres dentro de la plataforma, de acuerdo al viaje o concepto que correspondan y bajo la modalidad establecida, con indicación de la información requerida. No tendrá límite respecto a la cantidad de compras anticipadas que desee acreditar ni respecto de la cantidad de viajes que puede generar dentro de la plataforma.
Para el caso de compras de traslados aéreos de cabotaje regular adquiridos directamente al prestador del servicio, sin la intermediación de agencias de viaje, el/la solicitante podrá acreditar boletos de viaje emitidos en favor de otra persona, siempre y cuando, tanto el/la solicitante como la otra persona, se encuentren incluidas dentro de un mismo código de reserva, sin excepción.
Cada compra anticipada podrá ser acreditada en la plataforma UNA (1) única vez y asignada a UN (1) solo viaje o concepto. En caso de detectarse maniobras fraudulentas y/o ilícitas, el/la solicitante, el/la beneficiario/a y/o el prestador turístico y/o terceros interesados según corresponda, quedarán excluidos de los alcances del PROGRAMA y estarán sujetos a las sanciones administrativas y penales que correspondan.
En caso de detectarse la duplicación de carga de comprobantes, se tendrá por acreditado únicamente el primero de ellos que reúna los requisitos y condiciones establecidas en este Reglamento.
Se emitirá una constancia en formato electrónico remitida a la casilla de correo electrónico declarada por el/la solicitante ante la carga exitosa de un comprobante de compra anticipada, la cual será necesaria para la gestión de cualquier reclamo y/o incidencia generada en el marco del PROGRAMA.
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- Plazos de acreditación.
Los comprobantes de compras anticipadas y/o boletos de viaje deberán ser acreditados en los siguientes plazos, salvo disposición en contrario:
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- Servicios a prestarse entre el 1° y el 30 de noviembre de 2021: hasta el 20 de septiembre de 2021, inclusive.
- Servicios a prestarse entre el 1° y el 31 de diciembre de 2021: hasta el 20 de octubre de 2021, inclusive.
- Servicios a prestarse entre el 1° y el 31 de enero de 2022: hasta el 20 de noviembre de 2021, inclusive.
- Servicios a prestarse a partir del 1° de febrero de 2022: hasta el 31 de diciembre de 2021, inclusive.
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Vencido el plazo, no serán susceptibles de considerarse acreditadas/os, encontrándose fuera de los alcances del Régimen, excepto disposición en contrario. Las fechas de acreditación de comprobantes podrán modificarse por razones de oportunidad, mérito y conveniencia o presupuestarias.
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- Declaración jurada.
La totalidad de los datos e información ingresada y consignada en el marco del PROGRAMA y en la plataforma web del PROGRAMA (http://www.previaje.gob.ar) y sus enlaces internos derivados, por parte de los/las solicitantes, prestadores turísticos y beneficiarios/as tendrá carácter de declaración jurada.
ARTÍCULO 7°.- TTNE Y BILLETERA ELECTRÓNICA BNA+
El BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA tendrá a su cargo y responsabilidad la entrega, uso, administración, soporte y operatoria de las TTNE y BILLETERA ELECTRÓNICA BNA+, conforme lo establecido en el artículo 4°, inciso d) de este Reglamento.
El saldo acreditado en concepto de beneficio es personal e intransferible, no podrá extraerse en efectivo y sólo podrá ser utilizado mediante terminales POS y/o lectura de códigos QR, de acuerdo a los alcances previstos en este Reglamento.
La utilización de la TTNE y/o BNA+ no será excluyente de promociones y/o beneficios adicionales e independientes al PROGRAMA que los comercios alcanzados y/o la entidad bancaria emisora de las mismas pudieran ofrecer.
La normativa aplicable al uso de la TTNE y BNA+ estará sujeta a aquellas que resulten de aplicación por parte de la entidad bancaria emisora y/o autoridad competente en la materia.
ARTÍCULO 8.- NOTIFICACIONES.
Todas las notificaciones y comunicaciones que deban realizarse a los/las solicitantes, beneficiarios/as y prestadores turísticos se realizarán a la dirección de correo electrónico y/o al número telefónico (mediante SMS o servicio de mensajería instantánea) declarado en la plataforma web del PROGRAMA. Las mismas se tendrán por notificadas el día en que fueron enviadas, sirviendo de prueba suficiente la constancia que tales medios generen para el emisor.
ARTÍCULO 9.- SANCIONES Y PENALIDADES
En caso de advertirse la comisión de un ilícito y/o infracción y/o maniobras de cualquier tipo tendientes a desvirtuar los fines y alcances o alterar el espíritu del PROGRAMA y/o incumplimiento de las obligaciones a su cargo, por parte algún/a interviniente en el marco del PROGRAMA, éste/a quedará excluido/a del mismo, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones administrativas y penalidades que pudieren corresponder respecto de delitos tipificados y/o conductas sancionadas por el Código Penal de la Nación , Ley de Defensa del Consumidor, Ley de Agencias de Viaje y Decreto/Ley de Lealtad Comercial.
Los sujetos alcanzados por la Ley N° 18.829 que cometan ilícitos y/o falsificación de información y/o documentos conforme lo dispuesto por este Reglamento, serán plausibles de ser sancionados con multas, suspensión y/o cancelación de su correspondiente licencia para operar.
Las personas jurídicas o humanas que sin estar comprendidas por el PROGRAMA y/o no hayan realizado el proceso de inscripción, incurran en publicidad falsa y/o engañosa respecto de la promoción de servicios y/o productos que se encuentran fuera del alcance del PROGRAMA, estarán sujetas a las sanciones administrativas y demás penalidades previstas en la Ley N° 24.240 (Ley de Defensa del Consumidor), Decreto N° 274/19 (Lealtad Comercial) y Ley N° 18.829 (Ley de Agencias de Viaje).
56 ideas sobre “¡¡Arranca nuevamente Previaje!! Recuperá un 50% por turismo nacional desde tus viajes de Noviembre 2021 (¡¡Ojo con los abusos!!)”
Ratamundinn
Marido viaja en dic 2021 a san luis. Me fijo hoteles c el 50% o airbnb directo? Lo bueno de airbnb es que se puede cocinar. Hoteles q web recomendas? Excursiones si le puedo comprar desde acá.
Hola Matías. Airbnb no tiene previaje. Booking había tenido el año pasado, pero este año no lo vi.
Lo mejor es ver hoteles o alojamientos que estén inscriptos en el programa y que tengan apart, o sea deptos con cocinita. Te hacen la cama y viene con desayuno. Ojo, no se que vale cada cosa.
Siempre probá llamando por teléfono a hoteles en Argentina, podés conseguir muy buenos descuentos.
Genial buen dato ratamundin. Gracias!
Un placer Matías
Hola Adrian! Muy buena la info, gracias. Consulta, si compro los pasajes porque viajo con mi novia (y, suponete, pago todo yo y gasto $ 50.000). eL REINTEGRO DEBERIA SER DEL 50% = $ 25.000. Ahora, me lo acreditan todo a mi o bien nos dan $ 12.500 a cada uno? (Y le dan una tarjeta a ella y otra tarjeta a mi por dicho importe?). Abrazo y gracias!!
Hola Marcos. La tarjeta sale a nombre del que se inscribe y carga los comprobantes, el 100% para vos
Hola Adrián, tengo algunas dudas. Ya saque pasajes y los pague con la tarjeta de mi Sra. (para provechar las 9 cuotas sin interés del Nacíon en aerolíneas) si lo cargo en mi pre viaje me devuelven el 50% sin problemas por mas que allá pagado con una tarjeta que no esta a mi nombre??
Otra consulta las excusiones en agencias u operadores turísticos que no sean despegar o almundo por ejemplo, tiene el tope de 5000 de reintegro?? lo pregunto porque vamos Ushuaia y Calafate y queria sacar la excursiones con los operadores de allá
Hola Matías. No importa quien pagó los tickets aéreos, puede cargar todos los tickets cualquiera que figure en la reserva
otra cosa que me olvide lo de los 5000 es por cada operador que contrate o es el total para todos los operadores que contrate?? se entiende?
Sí, el mínimo de cada comprobante es de $1.000 y el mínimo cargado para obtener devolución es de $ 10.000. En este último caso, te reintegrarán $ 5.000
Hola, nosotros usamos previaje el año pasado en 2 ocasiones distintas. Ambas para la costa en el verano (pinamar y carilo) y funcionó todo perfecto. No tuvimos ni un solo inconveniente. Lo que estaría bueno es que más restaurantes la acepten, pero en cuanto a funcionamiento todo 10 puntos. Saludos!
Excelente, Rodrigo, muy buen aporte. Recordá que la aceptación depende también de la actividad del comercio. Si no está entre las actividades aceptadas, el sistema rechaza el pago con la tarjeta Previaje.
Hola muchas gracias por la informacion, ademas el año pasado me asesore con esta pagina y me sirvo muchísimo, gracias por eso…
Pero quiero sacarme una duda. ahi hablan que el maximo del beneficio es de 100 mil pesos pero no dejan claro si es el maximo a gastar o el credito que te van a dar.
Mi duda radica en que puedo gastar hasta 200 mil pesos en turismo y me devuleven 100 mil pesos en credito que es el maximo del beneficio?, o puedo gastar hasta 100 mil pesos y solo me devuelven 50mil pesos por persona!!!
Muchas gracias espero haber sido claro
Hola Erick. Podés gastar lo que quieras, cargar hasta AR$ 200.000 y te devuelven hasta AR$ 100.000. Si ves que te pasás, hacé la documentación a nombre de otro integrante del grupo viajero y pide el crédito por otro lado
Flybondi anunció que se prende!
Excelente j.
Se podra utilizar en MP
En el régimen anterior fue así, imaginamos que seguirá igual
Hola Rata, tengo dudas, quiero viajar enero 2022. Puedo empezar a comprar ahora o tengo que esperar a octubre??
Según entiendo en la letra chica lo que se compra en octubre se puede usar en enero 2022.
Hola Lucas. Ya se puede comprar ahora. Entre el 12 de agosto y el 31 de octubre
Excelente contenido en la pagina me gusto y la voy a recomendar!!!! Mi consulta es la siguiente, si alguien puede sacarme de la dudilla…por mas que haga valer mi certificado de alumno regular de la facu y me hagan un descuento del 20% (bondis larga dist) puedo acreditar igual ese gasto??? Y por otro lado, si viajo ahora en noviembre (Nqn – BsAs) , cargo aéreo y hotel, uso el saldo que me dan. Y luego me sale otro viaje en febrero, puedo, volver hacer uso del beneficio??? Desde ya muchas gracias!! Saludos desde Neuquén
Hola Darío. Podés meter todos los descuentos que quieras, eso te lo tiene que respetar la empresa de turismo. Sobre lo que pagues, el 50% te lo dan como crédito (con los límites que pusimos en la nota).
Podés hacer uso del previaje todas las veces que quieras, incluso irte de vacaciones todos los meses 2022. Pero siempre tenés que respetar la reserva, pago y carga de los comprobantes anticipadamente, tal como está en el calendario.
Hola Adrian, consulta, no entiendo algo, si viajo en Noviembre tengo q comprar todo en Agosto??? Pq dice carga hasta 20/09, pero y compra??? No me termina quedando claro eso, perdon la preguntonta!
Hola Javier. Para viajar en noviembre, el gasto lo podés hacer hasta el 31/8, pero te dan tiempo hasta el 20/9 para cargar ese comprobante.
Hola tengo una duda con respecto a contratar hotelería a través de una Agencia de Viaje inscripta en previaje pero el Hotel que selecciono no esta inscripto en el Plan. Harán la devolución del 50%?
Saludos y muchas gracias por tu siempre útil información
Hola Sergio. Si bien por un lado la presencia de la agencia justifica un mayor reintegro, como en el caso de locación de autos, y la agencia estaría vista como un «prestador turístico» en sí mismo, en este caso no estoy seguro, la realidad es que vos le pagás al hotel a través de la agencia.
Te dejo estos dos párrafos:
¿Qué rubros generan crédito? ¿Tiene algún tope?
Hay una división entre las actividades que tienen un tope de generación de crédito de hasta $100.000 (agencias de viaje, alojamiento y boletos de transporte aéreo/terrestre) y el resto (por ejemplo balnearios o alquiler de vehículos), que tienen un tope de $5.000.
¿Qué pasa si mi prestador no está inscripto en el programa?
No se permitirá la carga de comprobantes de prestadores turísticos que no se encuentren inscriptos. Asegurate que tus compras anticipadas sean realizadas a prestadores turísticos inscriptos. Podés consultar el listado aquí
Parecería que por ser agencia ya estarías alcanzado por previaje, pero no te lo puedo asegurar
Muchas gracias Adrian. Por las dudas voy a contratar en hoteles que esten inscriptos. Abrazo
Abrazo Sergio
Hola Rata!
Si canjeo 10.000 millas, ¿me reintegran 5.000 a la cuenta? 😛 jajaja
No me queda claro lo de las fechas… estoy viendo que ya AR habilitó julio 2022 y estamos viendo de aprovechar a sacar ahora que es mas baratito (y de paso vamos cancelando las cuotas de los aéreos).
Si mal no entendí, para viajes a partir de febrero 2022, ¿debo comprar hasta 31/12 y cargarlos tb hasta esa fecha para gozar del crédito del PreViaje? ¿Y ese crédito puedo usarlo para hoteles en destino?
¿Es así o entendí para el diablo?
Hola Toto. Para viajes desde febrero 2022, podés comprar entra el 12/8 y el 31/12/21, y cargar el comprobante HASTA el 31/12/21. El crédito lo vas a tener desde el inicio de tu viaje, por lo que no se si te da el tiempo para reservar algún hotel con ese crédito. Salvo que reserves ahora y pagues al ingresar, ahí tendrías el crédito en la tarjeta Previaje.
Adrián que tal! Todavía no se abrió la inscripción cierto? Yo ya hice compras pero veo que al ingresar a la web todavía no me deja, es así no? Tengo miedo de que funcione por otro lado y que se me pase el plazo!
Muchas gracias!!
Hola celeste. No está funcionando la web para registrarse, igual tus compras valen perfectamente
Hola Adrian, desde antes de ayer que quiero buscar vuelos por smiles, sea vuelos de cabotaje o al exterior y sale una leyenda «El servicio de busqueda de vuelos no està disponible»……sabes que pasa ??
Gracias!!
Hola Facu. Están en mantenimiento, todavía no funciona.
Buenas aerolíneas argentinas emite factura? O cuál sería el comprobante a usar? Saludos
Hola Pablo. Podés pedir factura o directamente cargás los tickets electrónicos. Todos los que están en la misma reserva pueden ser cargados por una persona sola que esté en la reserva.
¿Qué tipo de comprobantes puedo presentar?
Facturas y/o Recibos B o C electrónicos emitidos en pesos argentinos a nombre del usuario solicitante y boletos o tickets en caso de transporte terrestre y aéreo.
Muchas gracias. Y cómo pedis la factura a Aerolineas ?
Fijate acá, es para crédito fiscal pero por ahí te aclara algo:
https://www.aerolineas.com.ar/es-ar/laempresa/constanciacreditofiscal
Con el «boleto electrico» con los datos del vuelo te mandon uno que lo llaman recibo de pago… ese tenes que usar para cargar en el previaje
Excelente Sonia!
Sonia tengo un recibo por cada pasajero, podre cargar los 3 a mi nombre? gracias!
Sólo si están en la misma reserva, Pablo
En despegar dice que los paquetes que aplica el beneficio tiene que tener el sello de previaje. yo no veo el sello en ningun lado en las fechas permitidas. significa que ni aplica nada que no tenga el sello? o si respeta la fecha no tengo que buscar el sello?
La verdad, no te puedo decir porque no tiene el sello, cuando el prestador sí lo tiene. Deberías consultarlo con Despegar
Buenas, alguien sabe si comprando hoteles en despegar o almundo la factura la emite la agencia en lugar del hotel?De esta forma serían comprobantes validos para previaje a pesar de que el hospedaje no esté inscripto. Alguno compro de esta forma el año pasado?
Hola Walter, las facturas de las agencias, si están inscriptas, también son comprobantes válidos para previaje. Incluso tienen mayor tope, como en el caso de alquiler de autos
Hola Adri ! Me interesaría un post con la experiencia de los usuarios con el previaje….aportando los hoteles donde contrataron . Escuché muchos que se zarparon con precios. https://www.cronista.com/economia-politica/nace-un-nuevo-rulo-con-los-creditos-para-monotributistas-a-tasa-0-y-previaje-de-que-se-trata-y-como-aprovechar-para-financiarse/. Y como sacar provecho……Gracias!
Genial Mariano, gracias por compartir!
Hola cómo están? Alguien sabe si siguen aplicando compras a partir del 12 de agosto o se hizo para antes tambien? Gracias!
Hola Alejandro. Sólo para compras desde el 12/8
Buenas, quería aprovechar el finde largo de octubre e irme al tigre con la familia, justamente la cabaña tiene PREVIAJE, pero en la pagina solo veo para viajar en NOV/DIC/ENE/FEB. no califica no?
Hola Leandro. Octubre no entra, comienzan a promocionarse los viajes a partir de noviembre
Buenas, estamos viendo de comprar pasajes y alojamiento para febrero y nos surgio una duda, para utilizar el credito de previaje generado por los pasajes para pagar hoteleria, ¿deberia recien hacer las reservas una vez que nos acrediten la tarjeta con ese saldo?
Si hay que reservar todo de antemano quedaria un saldo sin mucha posibilidad de uso mas alla de excursiones y comida del momento, no?
Hola Ignacio. Podrías reservar antes, pero pagar cuando tenés el saldo. Claro, no son muchos los que acepten esto.
Buenas! dejo algunos tips que fui descubriendo, quizás ya estaban en el blog pero no llegue a verlos antes…, viaje al sur y la mayoría de los lugares leía la tarjeta previaje (restaurantes/mercados/excursiones, etc), en el norte no fue tan asi de sencillo ya que pocos comercios tienen el posnet pero….llegada a caba y ante la imposibilidad de usarla en 2 restaurantes y en farmacity (fui testeando lugares….) probé 2 opciones que se me ocurrieron, la 1ra es asociar la tarjeta en MODO desde la billetera virtual de BNA+ y pagar con QR de MODO (ojo que el QR de mercadopago no lo lee ya que no es lo mismo porque obvio son competencia…) así pude comprar hasta en carrefour (ahí me di cuenta que en la caja fueron a buscar el posnet especial de MODO, la otra opción más fácil aun (la descubrí tarde y de ultima) es asociar la tarjeta previaje en la cuenta de mercadopago y ahí sí!!! a gastar lo que quede donde se te de la gana, ya que es mas común encontrar diversos negocios para pago con mercado pago (están mas preparados para recibir pagos por esa vía). Espero que les resulte útil. Éxitos a todos y a seguir viajando!!!
Muchísimas gracias por el reporte, Ximena, gracias por compartir tanta data