¡¡No te olvides!! Debés reclamar tu reembolso a Latam hasta el 18 de Diciembre. Sino, ¡¡decile chau a tus dinerillos!!

Hace poquito, nos dimos cuenta de algo que pasó desapercibido para la mayor parte de la gente.

Latam se encuentra en un proceso de reorganización bajo el Capítulo 11 de la Ley de Bancarrotas, y llega el momento de reclamar nuestras deudas: un proceso de verificación de créditos.

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El reclamo de tu deuda

Este reclamo de nuestras deudas, no es ni más ni menos que una especie de verificación de crédito en el «concurso» de Latam.

La verificación de un crédito es el procedimiento por el cual el acreedor demuestra que la deuda es legítima, y a partir de allí ingresa al Concurso junto con otras deudas igualmente legitimadas.

Realmente, desconocemos lo específico de la materia legal de USA, pero entendemos que no sería lo ideal que se te pase esta oportunidad, si realmente es que deberemos presentarnos a exigir nuestra deuda.

Por lo que estuvimos viendo, en el derecho de USA no hay segundas oportunidades para deudas no reclamadas mediante formulario especial, si no reclamás, perderás tu oportunidad de obtener una devolución.

Esto dicen las Preguntas Frecuentes, extraídas de la web https://cases.primeclerk.com/LATAM/SEPOC-Index

Documento https://cases.primeclerk.com/LATAM/Home-DownloadPDF?id1=MTY0MDM2NQ%3D%3D&id2=0

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La situación es sencilla: o reclamás, o perdés tu derecho a obtener un reembolso.

Ante todo, recordemos que por las deudas post concursales no es necesario verificar créditos. Estas deudas son las generadas con posterioridad a la presentación en Concurso, fecha que habría sido el 26 de Mayo pasado, de acuerdo a la información recopilada en el link que dejamos al final de la nota.

Algunas clarificaciones

Todas las gestiones que realizamos, tienden a circunscribir nuestro reclamo al dinero que nos debe Latam, con fecha previa al 26 de Mayo.

En otras palabras, y noten que lo ponemos en condicional:

  • Las millas o beneficios del programa no serían reclamables
  • Los travel vouchers no serían reclamables (emitidos previa o posteriormente al 26 de Mayo)
  • Los vuelos que dejamos abiertos no serían reclamables

De vuelta, sólo sería reclamable una deuda en dinero que tenemos con Latam, previa al 26 de Mayo. Por ejemplo

  • un boleto pago cancelado, por el cual aún no nos reembolsaron, ni nos dieron travel voucher
  • Un ticket de canje de millas, cancelado, y por el cual aún nos deben las tasas

Les contamos, a continuación, nuestras gestiones realizadas:

1-Consulta por escrito al estudio Prime Clerk, respondieron en inglés, la que sigue es una traducción de Google:

Adrián
Gracias por su consulta,
El 26 de mayo de 2020, LATAM Airlines Group SA y algunas de sus subsidiarias estadounidenses y latinoamericanas (colectivamente, los «Deudores») presentaron cada uno una petición voluntaria de reparación en virtud del Capítulo 11 del Código de Quiebras de los Estados Unidos en el Tribunal de Quiebras de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York. Posteriormente, el 7 y 9 de julio de 2020, 9 deudores afiliados adicionales (los «Deudores posteriores») presentaron peticiones voluntarias de reparación en virtud del Capítulo 11 del Código de Quiebras de los Estados Unidos en el Tribunal.
Ya sea que vuelen ahora o planeen viajes en el futuro, los clientes deben saber que las categorías de su programa, millas (o puntos) y beneficios generales mientras vuelan LATAM o una de las aerolíneas asociadas de LATAM están intactos. No habrá pérdida de valor para los puntos y millas que tengan ahora, y el programa de acumulación y canje de LATAM continuará sin interrupciones.
Además, se seguirán respetando todos los boletos, vales, tarjetas de regalo o cualquier forma de crédito. LATAM también mantendrá las asociaciones de agencias existentes, honrará los programas de lealtad corporativa y venderá boletos a través de la plataforma de servicios de LATAM.
LATAM ha establecido un sitio web dedicado: http://www.LATAMreorganization.com, donde los clientes pueden encontrar información clave adicional sobre lo que este anuncio significa para ellos. Además, se anima a todos los clientes a seguir manteniendo conversaciones y planteando preguntas a su contacto habitual de la empresa.
Dirija sus preguntas adicionales sobre reservas o programas para clientes al Centro de Contacto de LATAM. Los números locales por país están disponibles aquí: https://www.latam.com/en_us/experience/coronavirus/
Si cree que se le debe una compensación antes de la fecha de la petición aplicable y desea presentar un reclamo en los procedimientos del Capítulo 11 de LATAM, visite aquí: https://cases.primeclerk.com/LATAM/EPOC-Index
Si tiene preguntas adicionales relacionadas con los procedimientos del capítulo 11, los operadores en vivo están disponibles en +1 (929) 955-3449 o +1 (877) 606-3609 (si se llama desde los EE. UU. Y Canadá).
TENGA EN CUENTA: El Tribunal ha establecido una fecha límite para presentar pruebas generales de reclamación para el 18 de diciembre de 2020 a las 4:00 p.m. (Hora del Este vigente). Todas las reclamaciones DEBEN recibirse ANTES de esta fecha límite para que se consideren oportunas.
TENGA EN CUENTA: Prime Clerk es el agente designado para reclamos y notificantes para los casos del capítulo 11 de LATAM Airlines Group. Como tal, no se nos permite brindar asesoramiento legal o financiero. Además, Prime Clerk no puede aceptar reclamaciones por correo electrónico o fax, y cualquier información proporcionada a través de cualquiera de estos métodos no constituirá una reclamación en estos procedimientos.
Saludos,

2-Consulta telefónica al estudio Prime Clerk al 0800-345-4865

El contestador automático, ratifica que Latam seguirá aceptando pasajes presentes y futuros, millas y beneficios de pasajero frecuente, vouchers y tarjetas de regalo de viaje.

La eliminación de cargos por cambio y cancelación y la oferta de vouchers de viaje para vuelos cancelados o reprogramados, permanecerán vigentes.

Este es el audio:

3-Consulta telefónica, en la misma llamada anterior, hablando con un operador de Prime Clerk

Nos atendieron muy amablemente, y confirmaron que sólo las deudas dinerarias de fecha de origen anterior al 26 de Mayo son reclamables en esta oportunidad que vence el 18 de Diciembre.

Tanto las millas, como los beneficios de pasajero frecuente, los travel voucher o tarjetas de regalo serán honradas, y no haría falta reclamarlas. De igual manera con los tickets abiertos, ya que la deuda es un vuelo y no una cantidad en dinero.

Pero, nos aclararon fervientemente, que si creemos que debemos reclamar, no nos quedemos con las ganas: todo puede ser reclamado, si es lo que queremos, y para eso se debe utilizar el formulario previsto.

Conclusión

En base a las gestiones realizadas, nos comunicaron que sólo resultarían reclamables las deudas en dinero que Latam tiene con vos, generadas en forma previa al 26 de Mayo.

No serían reclamables millas, ni travel vouchers, ni tickets abiertos.

Resaltamos los condicionales. No somos expertos en derecho de U.S.A., y el presente sólo es informativo de Ratamundo para sus lectores, y en base y limitado a las gestiones realizadas.

No se olviden también, que al presentar el reclamo están aceptando cambiar de jurisdicción: de nuestros tribunales, pasan a estar bajo jurisdicción de U.S.A.

Como siempre, la última palabra y la decisión, la tienen ustedes, y reclamarán lo que ustedes crean que deben reclamar para no perder sus derechos.

Recuerden que el plazo vence el 18 de Diciembre.

Este es el link para presentar un reclamo en español: https://cases.primeclerk.com/LATAM/SEPOC-Index

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