¡¡OFICIAL!! Desde hoy aumenta 10 puntos porcentuales la Percepción por consumos del exterior (35% a 45%)

En el día de hoy salió publicada en el Boletín Oficial la RG 5232 de la AFIP, que establece una modificación en el régimen de Percepción del Impuesto a las Ganancias o del Impuesto sobre los Bienes Personales por consumos en el exterior, que fuera creado por la RG 4815, subiendo del 35% al 45% el valor a percibir, que se calcula tomando como base el consumo por el valor mayorista de la divisa.

En base a dicha normativa, la compra de dólares para atesoramiento sigue manteniendo la tasa del 35%.

Así, deberás pagar por tus consumos del exterior:

  • El valor del consumo, por el cambio minorista a fecha de vencimiento del extracto
  • El valor de la percepción, 45% sobre el valor del consumo por el cambio mayorista.
  • El Impuesto País, 30% sobre el mismo valor mayorista tomado para la percepción.
  • Si el consumo se vinculara con servicios digitales del exterior, corresponderá pagar:
    • 21% del IVA servicios digitales del exterior
    • Impuesto País, alícuota reducida, 8%
  • Otros impuestos y percepciones, como por ejemplo el 2% de Ingresos Brutos CABA

Transcribimos a continuación la norma publicada hoy en el Boletín Oficial:

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Resolución General 5232/2022

RESOG-2022-5232-E-AFIP-AFIP – Impuesto a las Ganancias. Impuesto sobre los Bienes Personales. Régimen de percepción. Resolución General N° 4.815. Norma modificatoria.

Ciudad de Buenos Aires, 13/07/2022

VISTO el Expediente Electrónico EX-2022-01188182- -AFIP-DIGEDO#SDGCTI, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución General N° 4.815 y su modificatoria, se estableció un régimen de percepción del impuesto a las ganancias o del impuesto sobre los bienes personales, según corresponda, que se aplica sobre las operaciones alcanzadas por el “Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS)”, de conformidad con el artículo 35 de la Ley N° 27.541 y sus modificaciones, su reglamentación y normas complementarias.

Que, con el objeto de sostener el impulso redistributivo de la política fiscal y frente a la manifestación de capacidad contributiva de distintos sectores económicos, fundamentalmente aquellos que pueden realizar determinados gastos en moneda extranjera, razones de administración tributaria y de equidad tornan aconsejable modificar la resolución general mencionada.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación y las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos y Recaudación.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 22 de la Ley Nº 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, por el artículo 42 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019 y sus modificaciones, y por el artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

LA ADMINISTRADORA FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Sustituir el artículo 5° de la Resolución General Nº 4.815 y su modificatoria por el siguiente:

“ARTÍCULO 5°.- El importe a percibir se determinará aplicando sobre los montos en pesos que, para cada caso, se detallan en el artículo 39 de la Ley N° 27.541 y sus modificaciones, las siguientes alícuotas:

a) Para las operaciones previstas en el inciso a) del artículo 35 de la mencionada ley: TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%);

b) Para las operaciones previstas en los incisos b), c), d) y e) del artículo 35 de la Ley N° 27.541 y sus modificaciones: CUARENTA Y CINCO POR CIENTO (45%).”.

ARTÍCULO 2º.- Las disposiciones de la presente resolución general entrarán en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial y archívese.

Mercedes Marco del Pont

e. 14/07/2022 N° 54031/22 v. 14/07/2022

Fecha de publicación 14/07/2022

Nota: Esta publicación puede contener links de afiliación los cuales pueden generar una retribución económica en caso de que se realice una compra o contratación, sin esto implicar un gasto extra para el lector.

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

21 ideas sobre “¡¡OFICIAL!! Desde hoy aumenta 10 puntos porcentuales la Percepción por consumos del exterior (35% a 45%)”

Descubre más desde Ratamundo.com

Suscríbete ahora para seguir leyendo y obtener acceso al archivo completo.

Seguir leyendo